De acuerdo con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aquellos ciudadanos no comunitarios que realicen una inversión significativa en España pueden beneficiarse del régimen de residencia para inversores presentando personalmente o a través de representante el modelo de solicitud oficial.
Sin embargo, dicha inversión deberá cumplir con los importes mínimos exigidos:
En este sentido, conviene destacar que las solicitudes de residencia por inversión en activos financieros deberán presentarse en un plazo no superior a un año desde que se produjo la inversión. Aunque no existe límite temporal para la presentación de visados por inversión inmobiliaria, esta debe haberse llevado a cabo con posterioridad a septiembre de 2013, fecha en la que entró en vigor la Ley de Movilidad Internacional.
El lugar de presentación de la solicitud dependerá de:
La documentación que debe presentarse es la siguiente:
Una vez se haya concedido la residencia, la vigencia de los visados será de 1 año y las autorizaciones iniciales de 2 años. Las renovaciones, por su parte, durarán 5 años y no será necesario acreditar la residencia efectiva en España.
Los familiares del inversor que podrán solicitar, de manera conjunta o sucesiva, el visado o la autorización, podrán ser:
Entre las principales ventajas de la Golden Visa se encuentran:
Cuando no se cumplan los requisitos legales para solicitar la Golden Visa, cabe la posibilidad de solicitar una autorización de residencia no lucrativa acreditando disponer de medios económicos suficientes para su manutención y que no requerirá de ninguna inversión adicional. Este permiso tendrá la duración de 1 año y será renovable por periodos de 2 años hasta alcanzar los 5 años de residencia legal y continuada en España, momento en el cual se podrá optar a una residencia de larga duración.
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Su formación profesional ha estado a caballo entre Italia y España (Universidad de Santiago de Compostela y Universidad de Vigo), habiendo obtenido finalmente la Licenciatura en Italia. Posteriormente, realizó el Máster de Acceso a la Abogacía en Madrid (Universidad Antonio de Nebrija). Tras aprobar el examen estatal de la abogacía, se incorpora como Letrado en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla con número de colegiado 15.647.
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