Son cláusulas abusivas al haber sido impuestas de forma unilateral, no haber sido negociadas de forma individual y no haber informado de su consecuencias al cliente.
Los bancos incluyeron en las hipotecas una cláusula que permitía limitar la caída del Euribor, estableciendo un tipo de interés fijo a partir del cual los intereses serían siempre calculados pese a que el Euribor descendiera. Leer más.
Del mismo modo, algunas entidades bancarias impusieron al cliente pagar los gastos derivados de la hipoteca (Notaría, Registro, Impuestos, etc.). Sin embargo, los Juzgados de toda España han empezado a dictar sentencias por las que se condena a los bancos a devolver a los clientes dichas cantidades, por considerarlas abusivas. Leer más.
Es importante aclarar que no existe límite temporal para reclamar lo indebidamente pagado al banco.
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Graduada en Derecho por la Universidad de Granada y por la Universidad de Bialystok con mención especial en Derecho Inmobiliario y Registral. Posteriormente realizó un Máster en Comercio Exterior en la Universidad de Santiago de Compostela. Cuenta con casi cuatro años de experiencia profesional en el ámbito de comercio exterior y de los negocios internacionales adquirida durante su trayectoria en una gran empresa americana, con sede en Alemania.
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