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Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial

​El pasado 4 de septiembre de 2018 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley de 31 de agosto que plantea la creación de una autorización de residencia para búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial que será concedido a estudiantes internacionales así como a investigadores.

Eva María Ortega Rivas

Fecha 03/07/2019

El pasado 4 de septiembre de 2018 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley de 31 de agosto cuyo objetivo es mejorar la posición de UE en la competencia mundial para atraer talento y promover a todos los países que integran la misma como centro mundial de excelencia para estudios y formación mediante la supresión de barreras migratoria y mejores oportunidades de movilidad y empleo, con este fin y el claro objetivo de retener estudiantes internacionales, se plantea la creación de una autorización de residencia para búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial que será concedido a estudiantes internacionales así como a investigadores.

Se reconocerá exclusivamente al estudiante extranjero titular de una previa autorización de estancia por estudios que haya finalizado los mismos en una institución de educación superior autorizada en España y que haya alcanzado como mínimo el nivel 6, este abarca los títulos de Graduado y título superior de las enseñanzas artísticas superiores.

El ámbito de aplicación será bajo tres circunstancias:

1.     Previa titularidad de la autorización de estancia por estudios concedida o en prorroga de la misma.

2.     Finalización de los estudios en una institución de educación superior española.

3.     Obtención, como mínimo del nivel 6 de acuerdo al marco europeo de cualificaciones.

En cuanto a los requisitos que deberán acreditarse, a destacar como principales y necesarios para la concesión de la autorización los siguientes:

1.     La presentación del título o certificado de educación superior u otra prueba de cualificación oficial.

2.     Suscripción de un seguro médico autorizado para operar en España y que garantice cobertura durante toda la vigencia de la autorización.

3.     Mantenimiento de recursos suficientes que se acreditarán mediante una declaración responsable.

La solicitud de esta autorización de residencia, deberán ser presentada por el interesado o por su representante, serán dirigidas a la delegación o subdelegación del Gobierno de la provincia donde se resida, la resolución se obtendrá en el plazo de 20 días desde su presentación, si pasado ese tiempo no se ha recibido comunicación al respecto, se entenderá estimada por silencio administrativo.

Este tipo de autorización, tiene una duración máxima e improrrogable de doce meses, la misma no está autorizada para trabajar.

Durante la vigencia de la autorización de residencia y en el caso de encontrar empleo o haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá proceder a la solicitud de la autorización de residencia correspondiente a la Ley orgánica 4/2000.

 

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