Ana López
Fecha 03/05/2019
El objetivo de esta nueva regulación es equiparar, para el 2021, los permisos de maternidad y paternidad a 16 semanas cada uno.
¿Cómo se aplicará el periodo transitorio?
Esta medida se implantará de manera progresiva, comenzando en los nacimientos ocurridos a partir del 1 de abril de 2019. El progenitor podrá solicitar el permiso por paternidad durante 8 semanas, de las cuales, las 2 primeras deben ser inmediatamente seguidas al parto y las 6 restantes pueden disfrutarse de forma consecutiva o en cualquier momento dentro de los 12 meses de vida del bebé. La madre biológica puede ceder al otro progenitor un periodo de 4 semanas.
A partir del 1 de enero de 2020, el permiso de paternidad será de 12 semanas, de las cuales, las 4 primeras deberán disfrutarse inmediatamente después del parto y la madre biológica podrá ceder al otro progenitor hasta 2 semanas de su periodo de descanso.
A partir del 1 de enero de 2021 se equiparán los permisos de maternidad y paternidad en 16 semanas de duración, de las cuales las 6 siguientes al parto son obligatorias para ambos progenitores.
Los permisos son intransferibles al otro progenitor y, una vez transcurridas las 6 semanas siguientes al parto, lo pueden disfrutar a tiempo parcial, a tiempo completo y “la gran novedad” es que también lo pueden disfrutar en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida a voluntad del trabajador, pudiendo disfrutarlos hasta que el hijo tenga 12 meses. Se prevé que la madre podría anticipar el ejercicio del permiso hasta cuatro semanas antes del parto.
En el caso que ambos progenitores solicitaran la excedencia para cuidado de hijos, ¿qué tiempo dura la reserva del puesto de trabajo? La nueva norma amplía el derecho de reserva del puesto de trabajo en 18 meses frente a un año prevista hasta el momento.
Requisitos para poder acceder al permiso de paternidad.
· Estar dado de alta en la seguridad social.
· Haber cotizado un mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al comienzo del permiso, o en su defecto, 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
¿Como solicitar esta prestación?
La prestación se solicita ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). ¡Si quieres saber cómo gestionarlo, haz link en nuestra página web y contacta con nosotros!