Adrián Castro Gálvez
Date 08/06/2021
Desde el pasado viernes 4 de junio, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) procedió a la apertura del plazo para la presentación de denuncias por las cantidades pendientes de pago a los jugadores por parte de los clubes de Primera y de Segunda División “A”.
En este sentido, quienes estén interesados en presentar sus reclamaciones ante la Comisión Mixta AFE-LaLiga, deberán hacer llegar la documentación relativa a las cantidades adeudadas hasta el 30 de junio de 2021, con fecha límite del miércoles 7 de julio de 2021.
En el caso de los futbolistas cedidos por un club a otro, que a la finalización de la presente temporada tengan deudas con cualquiera de estas entidades, y deseen reclamarlas ante dicha Comisión Mixta, deberán informar de esta situación y formular denuncia contra ambos clubes, exigiéndoles el importe total de la suma.
Se aconseja a los jugadores a no firmar ningún documento de saldo y finiquito con los citados clubes denunciados, mientras no esté satisfecha en su integridad la deuda reclamada.
Por lo que respecta a la documentación necesaria a presentar, los jugadores deberán cumplimentar un formulario del modelo de reclamación e introducir escaneada directamente y de manera legible todas las pruebas/justificantes, , entre las cuales se encuentran:
- Mensualidades, debiendo indicarse el importe de cada una de ellas, especificando los meses concretos a los que corresponden.
- Ayuda de vivienda, precisando la cuantía, y si es el caso, detallando los meses concretos a los que pertenece.
- Prima de Contrato, determinando el valor y aclarando los plazos que se denuncian, si así procede.
- Plazos de un reconocimiento de deuda, delimitando los períodos, que deberán haber vencido.
- Primas por partidos jugados, enumerando de forma concreta los encuentros a los que corresponde la bonificación, señalando el importe diferenciado de cada uno de ellos.
- Primas por goles marcados, relacionando de manera precisa los partidos en los que se han conseguido, así como el número de tantos en cada encuentro.
- Primas colectivas por objetivos, pormenorizando el concepto e indicando el importe correspondientes.
- Indemnización de fin de contrato, manifestando que se desea reclamar este concepto, diferenciando las temporadas en las que se han prestado servicios por cuenta del club de forma ininterrumpida, así como el salario mensual que se percibe, incluyendo todos los conceptos, a fin de calcular el importe de los doce días por año de antigüedad en que consiste esta indemnización. Resulta fundamental aportar igualmente los contratos que acreditan la antigüedad en la entidad.
- Premio de Antigüedad, justificando la permanencia en el club durante las temporadas exigidas por el Convenio Colectivo de aplicación, aportando la copia escaneada de los contratos suscritos en el intervalo exigido.
En cualquier caso, el importe de las cantidades que se denuncian debe hacerse constar en bruto, salvo que se trate, no obstante, de la reclamación de un reconocimiento de deuda neto facilitado por el club.
Si finalmente, el procedimiento concluye con un pronunciamiento favorable al jugador por parte de la Comisión Mixta, el club será informado sobre la existencia y el montante de dicha deuda, estableciéndose la obligación de efectuar el pago en un plazo determinado, advirtiéndose de los efectos que podría conllevar el incumplimiento de esta resolución, tales como la suspensión de los servicios federativos, sin que la entidad deudora pueda tramitar las licencias de jugadores hasta que se efectúe el abono de las cantidades aprobadas, e incluso la propuesta a la RFEF para que cautelarme impida su participación en la categoría deportiva a la que pertenece, relegando su intervención a la inmediatamente inferior.