Adrián Castro Gálvez
Дата 24/05/2019
Para situar la cuestión, tenemos que remontarnos al pasado día 7 de mayo, en el que la web IUSPORT, publicó en primicia la noticia de la exclusión de la empresa Mediapro -responsable entre otras cadenas de Bein Sport España- del concurso para la adjudicación de los derechos audiovisuales de la Copa del Rey del próximo sábado entre Barcelona y Valencia. Hemos de recordar, que la RFEF aunque es una entidad privada tiene funciones públicas delegadas, es decir, actúa como Administración Pública en una serie de cuestiones, y por ello debe ceñirse al mismo marco legal que ellas. Para la comercialización de los derechos audiovisuales el Real Decreto 5/2015, le impone el deber de adjudicarlos mediante una licitación que respete los principios de igualdad y de libertad de empresa.
El motivo de la exclusión, según la RFEF se debe al incumplimiento por parte de Mediapro del código ético de la RFEF, el cual prohíbe establecer vínculos con empresas relacionadas con casos de corrupción, dándose el caso que una filial de dicho grupo audiovisual se declaró culpable en los EE.UU. de sobornar a directivos para obtener derechos audiovisuales de otra competición.
Como era de esperar, Mediapro recurrió su exclusión del concurso, al considerar que con ese acto la RFEF estaba vulnerando el derecho a la libre competencia y abusando de su posición de poder, al variar sustancialmente sus condiciones sobre la exclusión por casos en los que la empresa haya sido condena por algún delito, haciéndola ahora mucho más exigente sin que medie explicación alguna. Para conseguir volver al concurso, Mediapro presentó una solicitud de medidas cautelares inaudita parte ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid.
La citada medida cautelar ha sido resuelta este lunes por el Juzgado de lo Mercantil 2 de Madrid, estimando la pretensión de Mediapro, mediante un auto en el que se ordena a la RFEF que incluya en el concurso la oferta de la citada mercantil, y que resuelva el concurso adjudicando los derechos conforme al procedimiento previsto.
El contenido de este Auto no generaría problemas si la final no tuviera que jugarse este fin de semana, y la retransmisión de la misma no estuviera ya adjudicada a TVE. Por lo que, ahora se generan grandes dudas sobre la posición de la RFEF con lo ordenado por este Auto, puesto que es su obligación cumplir con el contenido del mismo, pero previamente deberá resolver el contrato que tenga firmado con TVE con la consiguiente compensación económica que ello conlleve, y todo ello teniendo en el horizonte que el partido es el próximo sábado.
Desde la RFEF, han manifestado que no ha recibido el citado Auto, pero que en caso de recibirlo serán sus servicios jurídicos los encargados de analizarlo y dar la respuesta más satisfactoria posible.
Las posibles opciones de la RFEF ante el citado Auto, pueden ser: el acatamiento del mismo, procediendo a una adjudicación exprés; o bien, instar un incidente de ejecución alegando el imposible cumplimiento del contenido del Auto a la vista del poco tiempo que dispone para poder realizar el procedimiento de adjudicación completo y para que la empresa audiovisual adjudicataria monte el operativo completo.
En definitiva, como hemos dicho al principio del artículo, no es fácil responder la pregunta planteada, puesto que en estos momentos la retransmisión del partido está más en el aire que nunca. Será en los próximos días en los que veamos como juega sus cartas la RFEF para resolver este problema que se le ha generado, y que televisión retransmiten definitivamente el partido.
Por lo que, la única certeza que tenemos a día de hoy, es que el próximo sábado el balón echará a rodar en el Benito Villamarín a las 21.00 horas y Valencia y Barcelona se disputarán el trofeo copero, sin que podamos asegurar aún en qué cadena televisión podremos ver el encuentro.