Дата 14/11/2017
La Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de octubre de 2.017 permite reclamar dichas cantidades si firmaste con tu banco la eliminación o rebaja de la cláusula suelo.
¿Son válidos los pactos de eliminación o rebaja del suelo firmados en su día con las entidades bancarias? El Tribunal Supremo en reciente sentencia de fecha 16 de octubre de 2.017 dice que dichos pactos no son válidos lo que le permite reclamar la nulidad de la cláusula suelo y la devolución de lo pagado de más en aplicación de dicha cláusula nula. Balms Abogados siempre ha defendido la nulidad de dichos pactos con las entidades bancarias ya que se han realizado sin el asesoramiento necesario requerido en cada caso.
La decisión del Tribunal Supremo se basa en el hecho de que si la estipulación que contiene una cláusula suelo de un préstamo hipotecario es nula de pleno derecho, los pactos firmados con la entidad bancaria no pueden producir efecto jurídico alguno. De acuerdo al pronunciamiento del Tribunal Supremo los acuerdos firmados por muchos clientes con su banco no tendrían validez jurídica, ya que la nulidad afecta a la cláusula suelo de raíz lo que en la práctica equivale decir que la misma se tiene por no puesta en la escritura de préstamo hipotecario y daría derecho a reclamar lo indebidamente abonado.
¿Qué ocurre por tanto si en su día firmé con mi banco una eliminación o rebaja de la cláusula suelo? De acuerdo con el Tribunal Supremo si la cláusula suelo es nula, ello le permitirá reclamar las cantidades cobradas de más por su banco con independencia de dicho acuerdo.
La nulidad de la cláusula suelo no prescribe, por tanto siempre podrá solicitar en el Juzgado de su domicilio la nulidad de la misma y reclamar lo indebidamente cobrado por su banco más los intereses legales.
Balms Abogados le ofrece el asesoramiento de nuestros expertos con la máxima garantía a fin de evaluar su caso en particular e iniciar la reclamación correspondiente con un alto grado de éxito.