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Justicia comunica a los tribunales su deber de citar a las empresas demandadas en su domicilio y no telemáticamente

El Tribunal Constitucional ha establecido que el primer emplazamiento a las sociedades en la dirección electrónica habilitada vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva.

Daniel Álvarez de Blas

Date 07/06/2019

Como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional 47/2019 de 8 de abril en el procedimiento instado por el Letrado de BALMS ABOGADOS MADRID don Daniel Álvarez de Blas, el Ministerio de Justicia a través del secretario general de la Administración de Justicia, ha comunicado a todos los secretarios de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo  su obligación de notificar la citación o primer emplazamiento a las sociedades y demás personas jurídicas demandadas  de forma presencial en su domicilio, y no de manera telemática a través de la dirección electrónica habilitada facilitada  por el Ministerio de Hacienda para recibir las notificaciones de los diferentes organismos de la Administración General del Estado.

Nota de prensa del Ministerio de Justicia

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