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A partir del séptimo mes del ERTE, la prestación se reduce del 70% al 50%

La regulación original de la prestación por ERTE, el RDL 8/2020 de 17 de marzo, facilita a los trabajadores el acceso a la prestación por desempleo, ya que no exige cotizaciones previas y tampoco consume días cotizados que pudiera tener el trabajador.

Mónica Fernández

Datum 26/08/2020

La regulación original de la prestación por ERTE, el RDL 8/2020 de 17 de marzo, facilita a los trabajadores el acceso a la prestación por desempleo, ya que no exige cotizaciones previas y tampoco consume días cotizados que pudiera tener el trabajador.

Lo que comenzó siendo una ayuda excepcional para casi cuatro millones de trabajadores afectados por el estado de alarma, ha tenido que ir prorrogándose en el tiempo, ante la imposibilidad de reactivación de la economía.

La prórroga que está vigente para los ERTE Covid19, extiende esta ayuda hasta el 30 de septiembre, pero patronal y sindicatos ya han pedido al gobierno que se amplíe hasta finales de año, ya que determinados sectores, como el comercio, los alojamientos o la hostelería continúan paralizados.

En la normativa de la prestación ordinaria por desempleo (art. 270.2  LGSS)

Ahora que se aproximan los primeros seis meses para muchas empresas, los trabajadores verán reducidas su prestación al 50% de su base reguladora inicial hasta que los sindicatos no lleguen un acuerdo con el gobierno para que no haya reducción en la prestación.


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